﻿Ejercicio,Fecha de inicio del periodo que se informa,Fecha de término del periodo que se informa,Denominación del área,Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género),Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado),Área de adscripción inmediata superior,"Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción)","Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género)","Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género)","Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros","Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información",Fecha de actualización,Nota
2026,01/01/2026,31/03/2026,Dirección General,Director General,Director General,Dirección General,"ARTICULO 15 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DIRECCIÓN GENERAL","I.Representar legalmente al Instituto, así como a las unidades administrativas que la integran, con la suma de facultades generales y especiales que, en su caso, requiera conforme a la legislación aplicable; PODER EJECUTIVO 7 II. Dar cumplimiento a lo que establece la legislación general y estatal en materia de pesca y acuacultura, en el ámbito de su competencia; III. Administrar con eficacia, eficiencia, economía, honradez y transparencia el patrimonio del Instituto de Pesca y Acuacultura, así como de realizar acciones que fortalezcan el patrimonio del Instituto; IV. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Gobierno del Instituto; V. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos de la Junta de Gobierno y llevar el libro de Actas de las sesiones que celebre; VI. Presentar y/o proponer a la Junta de Gobierno para su conocimiento y, en su caso, aprobación: a) Los proyectos de presupuestos anuales de ingresos y egresos; b) El programa de actividades del siguiente ejercicio fiscal; c) En el primer trimestre de cada año, los estados financieros y la situación que guarda la administración del Instituto, así como las actividades desarrolladas durante el período anual inmediato anterior; d) En el segundo semestre de cada año, el avance de los programas y el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos del Instituto; e) Las transferencias presupuestales que en su caso se justifiquen, por la operación del ejercicio fiscal de que se trate; f) Los manuales de organización, procedimientos y demás aplicables al Instituto, así como sus modificaciones y/o actualizaciones; g) Los proyectos de reformas o adiciones a la Ley, reglamentos, acuerdos, criterios, lineamientos, y demás normatividad aplicable al Instituto; h) La celebración de convenios con la Federación, los Entes Públicos del Estado y otras instituciones públicas y privadas; VII. Resolver, bajo su inmediata y directa responsabilidad, los asuntos urgentes a reserva de informar a la Junta de Gobierno, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; VIII. Conceder licencias al personal del Instituto e imponer las correcciones disciplinarias previstas en las leyes aplicables; IX. Expedir certificaciones de documentos y expedientes, relativos a los asuntos de su competencia o de sus unidades administrativas que tenga bajo su adscripción. En caso de ausencia, esta facultad podrán ejercerla las y los servidores públicos de la jerarquía inmediata inferior competente en el asunto; X. Instruir y vigilar los mecanismos de evaluación del desempeño de la y los servidores públicos del Instituto, que destaquen la eficiencia, eficacia y economía de la gestión; XI. Designar a las y los servidores públicos subalternos que representen al Instituto en las comisiones, organizaciones, consejos, órganos de gobierno, instituciones y entidades en los que participe el Instituto; y XII. Las demás que le encomiende la Junta de Gobierno, o le confieran otras disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.",,3,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Planeación Estrategica y Proyectos Especificos,Director,Director de Planeación Estrategica y Proyectos Especificos,Dirección General,"ARTICULO 17 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN ESTRATEGICA YPROYECTOS ESPECIFICOS","I.Formular el anteproyecto de su presupuesto anual e integrar el presupuesto general del Instituto de Pesca y Acuacultura con la Secretaría de Administración y Finanzas, para su autorización e integración al proyecto de la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado; II. Tramitar ante el área correspondiente la radicación de los recursos financieros, conforme al calendario de ejercicio de los recursos aprobados; PODER EJECUTIVO 10 III. Llevar el seguimiento y control financiero del presupuesto anual autorizado del Instituto de Pesca y Acuacultura, de acuerdo a las disposiciones aplicables; IV. Controlar, conforme a la disponibilidad financiera, el ejercicio del presupuesto que tengan asignado las unidades administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura; V. Formular estrategias, metas y objetivos institucionales para el funcionamiento y desempeño de la prestación de los servicios públicos que competen al Instituto de Pesca y Acuacultura; VI. Elaborar e integrar, en coordinación con las demás direcciones del Instituto de Pesca y Acuacultura, programas estratégicos conforme a las metas y objetivos institucionales, así como coordinar la instrumentación operativa de los mismos; VII. Realizar un seguimiento periódico del cumplimiento de los programas estratégicos; VIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión institucional, y efectuar la evaluación y el registro de su cumplimiento; IX. Coordinar la integración de informes institucionales designados por la Directora o el Director General; X. Realizar estudios de métodos y procedimientos con base en los manuales de organización y procedimientos que el área administrativa elabore; XI. Elaborar proyectos de reestructuración organizacional, con base en los resultados del estudio de métodos y procedimientos y en las estrategias institucionales; XII. Proponer y evaluar programas institucionales relativos a la productividad, calidad e impacto derivados de su operación; XIII. Fungir como enlace entre el Instituto de Pesca y Acuacultura, las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, con las representaciones en el Estado de la Administración Pública Federal y con los Municipios, a fin de coordinar la suscripción de acuerdos, convenios y otros actos jurídicos en los que participe el Instituto; XIV. Realizar el acopio de información, con el apoyo de las demás unidades administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura, para la elaboración de su planeación estratégica; XV. Vigilar el cumplimiento de la normatividad y las políticas públicas derivadas de los Programas dirigidos al sector pesquero y acuícola, así como a los federales de concurrencia de recursos, y a los que se deriven del Plan Estatal de Desarrollo, y contribuir en el diseño e implementación del proceso de planeación, programación y control de las acciones de gobierno que deba llevar a cabo el Instituto; XVI. Participar en las actividades del Subcomité de Planeación para el Desarrollo de la Pesca y la Acuacultura del Estado de Campeche, en el marco del Sistema Estatal de Planeación Democrática; XVII. Fomentar entre los productores la organización social a través de la integración de Sistemas Producto de diversas especies pesqueras y acuícolas que están dispersos en la geografía estatal; XVIII. Diseñar, coordinar y evaluar la implementación de políticas públicas transversales, tendientes a promover la participación ciudadana tendiente a mejorar los procesos de aplicación y ejecución de programas de la pesca y la acuacultura; XIX. Contribuir en los procesos de presupuesto base resultados y sistema de evaluación de desempeño (PBR-SED) con la finalidad de contribuir al logro eficaz y eficiente de los objetivos institucionales planteados; y PODER EJECUTIVO 11 XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y reglamentarias, así como las que le otorgue la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura.",,2,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Ordenamiento Pesquero y Acuicola,Director,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,Dirección General,"ARTICULO 18 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTOS PESQUERO","I.Participar en las acciones de planeación, calendarización y organización de los programas de verificación de las actividades pesqueras y acuícolas; II. Requerir a los visitados la información necesaria que acredite el cumplimiento de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Campeche y su Reglamento; III. Aportar los elementos técnicos que le sean solicitados en relación a las acciones en la que participe; IV. Colaborar e informar a otras unidades administrativas del Instituto y de otras instancias competentes, en la investigación de hechos que puedan constituir delitos de carácter penal o ecológico y de aquellos por los que el Instituto de Pesca y Acuacultura, resulte ofendida o de los que sean imputables a los servidores públicos del Instituto; V. Promover entre los grupos sociales organizados o productores pesqueros y acuícolas su inscripción en el Registro Estatal de Pesca y Acuacultura; VI. Supervisar la operatividad y actualización del Registro Estatal de Pesca y Acuacultura y del Sistema Estatal de Información Pesquera y Acuícola; VII Gestionar, promover y realizar los trámites tendientes a la suscripción de convenios con autoridades municipales a fin de conjuntar acciones que propicien el ordenamiento pesquero de los productores ubicados en localidades pesqueras del Estado; VIII Impulsar el desarrollo y la práctica de la pesca deportiva-recreativa; IX Promover la suscripción de acuerdos y convenios específicos necesarios con organizaciones, prestadores de servicios y/o particulares para que estos gestionen y obtengan permisos para la práctica de la pesca deportivo-recreativa, mediante el pago de los derechos correspondientes; X Promover el cumplimiento de las acciones establecidas en los planes de manejo pesqueros para el desarrollo de la actividad pesquera de forma equilibrada integral y sustentable; XI Impulsar programas para la creación de industrias o implementación de técnicas que permitan darle un valor agregado a los productos pesqueros; XII Proponer esquemas de asesoría, capacitación y asistencia técnica a los productores pesqueros; XIII Promover la celebración de convenios con las instancias de gobierno, organismos de los sectores privado y social, así como instituciones académicas y científicas, en los que se promocione el desarrollo sustentable de la pesca; XIV Elaborar estudios de mercados para promover la comercialización de productos pesqueros del Estado, en coordinación con las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, así como con la iniciativa privada y organizaciones de productores; XV Proponer e implementar lineamientos y mecanismos para apoyar la comercialización y gestiones de los interesados en el financiamiento pesquero; XVI Formular, en coordinación con las áreas competentes del Instituto de Pesca y Acuacultura y con el apoyo de la Dependencia Federal de la materia en el Estado, el Programa Integral de Prevención y Combate a la Pesca Ilegal; XVII Participar por medio del o los inspectores que al efecto designe, a los operativos de inspección y vigilancia para el combate a la Pesca Ilegal en cuyo caso deberá emitir el correspondiente oficio de comisión; XVIII Vigilar y revisar que las visitas de verificación y actividades en que participe el personal operativo de la Dirección se lleven a cabo conforme a las disposiciones legales y administrativas aplicables; XIX Dar aviso inmediato a la autoridad ministerial competente sobre la presunta comisión de cualquier delito penal y/o ecológico de que tenga conocimiento con motivo de sus actuaciones conforme a lo señalado en la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables del Estado de Campeche, en la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Campeche y en la legislación penal aplicable; XX Promover y proponer a las autoridades competentes, la implementación de cursos de capacitación en materia de inspección y vigilancia y combate a la pesca ilegal;...",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Programas,Director,Dirección de Programas,Dirección General,"ARTICULO 19 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII y XLIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”.","I.Establecer las políticas y programas de apoyo financiero al sector pesquero enfocados a la producción y consumo de los productos, con base en los estudios que al respecto se formulen; II. Proponer ante las autoridades competentes acciones y proyectos específicos del apoyo financiero requerido para los programas de desarrollo pesquero; III. Impulsar las pesquerías con más altas posibilidades de desarrollo en el Estado; IV. Apoyar en la regulación de las épocas y zonas de veda sustentándose en las estadísticas de las diferentes pesquerías, así como organizar y fomentar la investigación de los recursos pesqueros del Estado; V. Fomentar e impulsar la construcción, habilitación, rehabilitación y conservación de centros de recepción, plantas procesadoras y fábricas de hielo, así como el desarrollo y conservación de obras complementarias en puertos y comunidades pesqueras; VI. Promover la incorporación de nuevas unidades de pesca, cuando la disponibilidad de recursos pesqueros así lo ameriten, VII. Gestionar la sustitución de las unidades de pesca que son inoperantes y rehabilitación de aquellas que lo justifiquen; VIII. Elaborar propuestas específicas sobre la operación de la flota y de la infraestructura, a fin de sugerir formas nuevas de operación que contribuyan a elevar la eficiencia y productividad pesquera del Estado; IX. Coordinar con las instituciones competentes apoyos complementarios que impulsen la optimización del uso de la infraestructura pesquera; X. Impulsar programas para la creación de industrias o implementación de técnicas que permitan darle un valor agregado a los productos pesqueros; XI. Proponer esquemas de asesoría, capacitación y asistencia técnica a los productores pesqueros; XII. Promover estudios de mercados para promover la comercialización de productos pesqueros del Estado, en coordinación con las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal, así como con la iniciativa privada y organizaciones de productores; XIII. Proponer e implementar lineamientos y mecanismos para apoyar la comercialización y gestiones de los interesados en el financiamiento pesquero; XIV. Generar capital social en las localidades pesqueras y acuícolas, a través de metodologías y esquemas de participación social; XV. Aportar y gestionar dentro de las atribuciones del Instituto la satisfacción de necesidades básicas para el fortalecimiento del tejido social acuícola y pesquero; XVI. Elaborar el diagnostico correspondiente al sector pesquero y acuícola, con acciones participativas asociadas a los temas productivos y empresariales, acotando información a la generación de una línea base de información; XVII. Identificación de las necesidades de los sectores pesquero y acuícola en capacitación, asistencia técnica, productividad, competitividad, equipamiento, acopio, conservación, valor agregado, comercialización y financiamiento; XVIII. Fomentar esquemas de financiamiento para los diferentes procesos productivos, considerando la potencialización a través de recursos estatales para productores pesqueros y acuícolas; XIX. Identificar y fortalecer las cadenas productivas y de valor pesqueros y acuícolas necesarias para el desarrollo territorial y del estado; XX. Identificación de los principales actores que participan en las cadenas productivas para su sensibilización, capacitación y empoderamiento; XXI. Promover la elaboración de convenios con los municipios para potencializar la mezcla de recursos en beneficio de apoyar proyectos pesqueros y acuícolas; XXII. Fortalecer la aplicación de las Buenas Prácticas de Manejo de Producción y a Bordo de embarcaciones menores; XXIII. Fomentar la certificación de UPA y UPP en materia sanitaria y de inocuidad con estándares de exportación; XXIV. Participar en la elaboración de las reglas de operación de los programas de apoyo identificados como prioritarios en las cadenas productivas y de valor; ...",,6,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Vinculación y Enlace Instutcional,Director,Dirección de Vinculación y Enlace Instutcional,Dirección General,"ARTICULO 20 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII y XXIX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN Y ENLACE INSTITUCIONAL","I.Proporcionar asistencia y asesoría a la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura; II. Acordar la agenda diaria con la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura; III. Apoyar a la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura en la atención y control de los asuntos que le encomiende; IV. Organizar y despachar la correspondencia a las áreas competentes de los asuntos recibidos en la Oficina de la Directora o Director General para su debida gestión; PODER EJECUTIVO 15 V. Organizar y turnar la información a las distintas áreas que conforman el Instituto de Pesca y Acuacultura y dar seguimiento de los asuntos relacionados con su gestión; VI. Controlar, la gestión, el manejo, mantenimiento y conservación de los documentos activos del Instituto de Pesca y Acuacultura; VII. Dar seguimiento a los acuerdos tomados en las reuniones de trabajo de la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura; VIII. Coordinar las relaciones del Instituto de Pesca y Acuacultura con los organismos no gubernamentales, organizaciones y asociaciones civiles o sociales; IX. Supervisar el desahogo de los asuntos atendidos directamente por la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura que por su importancia requieren de atención urgente y extraordinaria; X. Atender y dar seguimiento, ante las dependencias de la administración pública Estatal, Federal, Municipal, organismos gubernamentales competentes y de conformidad con las disposiciones legales aplicables, las solicitudes realizadas por las y los particulares del Instituto de Pesca y Acuacultura; XI. Dar seguimiento a las solicitudes de apoyo de las organizaciones o asociaciones civiles, sociales y privadas, relacionadas con el sector pesquero o acuícola; XII. Llevar registro y control de las diferentes asociaciones civiles, sociales y privadas con presencia en el Estado, relacionadas con el sector pesquero o acuícola; XIII. Notificar al área encargada de la Comunicación Social de los eventos que deberán cubrirse por parte del Instituto de Pesca y Acuacultura; XIV. Actualizar el Directorio de las y los servidores públicos del Instituto de Pesca y Acuacultura; XV. Acordar con la Dirección General del Instituto el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informar de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; XVI. Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa del área administrativa a su respectivo cargo; XVII. Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen el área a su respectivo cargo; XVIII. Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo con el ámbito de su competencia, e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; XIX. Proporcionar, de acuerdo con las políticas establecidas por la Dirección General, la información, asesoría y cooperación técnica que le requieran otras áreas administrativas de la dependencia, así como otras dependencias y entidades estatales, federales y municipales; XX. Coordinar el desarrollo de sistemas y la adquisición de paquetes y equipo de cómputo, así como el mantenimiento preventivo de los mismos; XXI. Establecer los planes de instalación, uso y mantenimiento del hardware y software requerido por el sistema; XXII. Apoyar en el desarrollo e implantación de los sistemas computarizados de las distintas áreas del Instituto de Pesca y Acuacultura; XXIII. Realizar los cambios, mejoras y demás medios tendientes a incrementar la productividad eficiencia y eficacia del área; XXIV. Supervisar el avance de los programas autorizados, encomendados al área; XXV. Elaborar sistemas de control y archivo para el acceso a la información pública y expedir copia simple o certificada de dicha consulta; ...",,4,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Administrativa y de Archivo,Director,Dirección de Administración y de Archivo,Dirección General,"ARTICULO 21 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE DIRECCIÓN DE ADMINISTRATIVA Y DE ARCHIVO","I.Proponer a la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la organización y administración de los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, de acuerdo con los programas y objetivos establecidos en la normatividad vigente; II. Acordar con la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura los movimientos de personal, tramitarlos y gestionarlos ante la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal; III. Controlar y gestionar los movimientos del personal del Instituto de Pesca y Acuacultura, en lo referente a altas, cambios de nivel, adscripciones, comisiones, permisos, sanciones, bajas, reingresos, licencias médicas, vacaciones, seguros de vida y similares; IV. Tramitar y dar seguimiento a los pagos que, por efectos de nombramientos, reclasificaciones, horas extras, licencias y cambios de personal se generen en el Instituto de Pesca y Acuacultura, así como el pago a los proveedores de bienes y servicios; V. Promover y coordinar la capacitación del personal del Instituto de Pesca y Acuacultura, de acuerdo con las políticas y normas establecidas para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado; VI. Promover y coordinar la elaboración y actualización de los manuales administrativos del Instituto de Pesca y Acuacultura; VII. Llevar un registro interno de los activos inventariables asignados al Instituto de Pesca y vigilar su actualización conforme a la información que le proporcionen los responsables de los resguardos; VIII. Controlar y elaborar conciliaciones bancarias correspondientes a las cuentas que tenga asignadas, en materia de su competencia; IX. Gestionar y controlar el gasto por comprobar de las unidades administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura del Estado de Campeche; X. Coordinar a las y los titulares de las Unidades Administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura para que lleven a cabo el resguardo de los bienes muebles, de acuerdo con las disposiciones legales y administrativas que sean aplicables en la materia, así como ser el PODER EJECUTIVO 17 enlace de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal para tales efectos; XI. Tramitar la adquisición, arrendamiento y contratación de los recursos materiales, suministros, bienes muebles e inmuebles que se requieran para el adecuado funcionamiento del Instituto de Pesca y Acuacultura, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y la normatividad establecida al respecto, así como controlar y vigilar el buen funcionamiento y conservación de estos; XII. Diseñar, proponer y ejecutar los procedimientos internos, de acuerdo con la ley en la materia, para la adquisición de bienes muebles y contratación de servicios que requiera el Instituto de Pesca y Acuacultura para el óptimo desempeño de las funciones descritas en la fracción que antecede; XIII. Organizar y ejecutar los servicios de almacén, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, reparaciones, transportes y demás servicios generales que requieran las unidades administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura, de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia; XIV. Tramitar viáticos, gastos de alimentación, transportación terrestre, marítima o aérea de personas y demás servicios de proveeduría que requieran las unidades administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura, a solicitud de éstas, para el desempeño de sus funciones; XV. Difundir entre el personal las disposiciones normativas para el ejercicio del gasto corriente, viáticos, pasajes, fondo revolvente y similares otorgados al Instituto de Pesca y Acuacultura; XVI. Instrumentar los mecanismos y estudios que permitan mantener el nivel requerido de las configuraciones físicas y lógicas de los bienes informáticos, asignados al Instituto de Pesca y Acuacultura, así como sus servicios correspondientes;...",,4,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Juridica,Director,Dirección Juridica,Dirección General,"ARTICULO 22 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE DIRECCIÓN JURIDICA","I.	Atender, dirigir y supervisar los asuntos jurídicos del Instituto de Pesca y Acuacultura, proponiendo a la o el titular del Instituto los cambios que resulten adecuados para la regulación interna del Instituto de Pesca y Acuacultura; 
II. Fungir como órgano de consulta, asesoría, apoyo y asistencia jurídica, en las materias de su competencia, para todas las Unidades Administrativas y para las y los servidores públicos adscritos al Instituto de Pesca y Acuacultura, en los asuntos que deriven del ejercicio de sus atribuciones, procurando la unificación de criterios en la aplicación de normas y el cumplimiento de las formalidades previstas en los procedimientos administrativos; 
III. Formular los anteproyectos de Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Órdenes que la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura proponga a la Junta de Gobierno del Instituto; 
IV. Elaborar los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios para el ejercicio de las atribuciones del Instituto de Pesca y Acuacultura o, en su caso, revisar y emitir opinión sobre los proyectos ya elaborados y de aquellos que ya se encuentren en ejecución; 
V. Compilar, ordenar y actualizar el acervo legal del Instituto de Pesca y Acuacultura, incluyendo las Leyes, Decretos, Reglamentos, Contratos, Acuerdos, Convenios, Circulares y demás disposiciones vigentes relacionadas con sus atribuciones y funciones, informando a las y los titulares de las Unidades Administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado relacionadas con atribuciones de su competencia; 
VI. Auxiliar a las Unidades Administrativas del Instituto de Pesca y Acuacultura en la elaboración y/o modificación de los Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos, así como vigilar que estos se apeguen a la legislación, reglamentación y demás normatividad vigente; 
VII. Representar legalmente a la Directora o Director General del Instituto de Pesca y Acuacultura y a las y los titulares de las Unidades Administrativas del Instituto, con todas las facultades generales y las especiales que requieran clausula especial conforme a la legislación que resulte aplicable, ante los órganos administrativos o jurisdiccionales competentes, federales y estatales, en toda clase de juicios, procedimientos, investigaciones y cualquier otra controversia en que aquella sea parte, e intervenir en reclamaciones, indagatorias, procesos y juicios que se refieran a hechos o actos susceptibles de causar daño o perjuicio a los intereses del Instituto de Pesca y Acuacultura. Asimismo, ejercitar las acciones, excepciones y defensas que correspondan, actuando en todas las instancias del juicio, procedimiento o recurso de que se trate hasta su total conclusión y, en su caso, interponer los medios de impugnación que establezcan las leyes en la materia e intervenir en el cumplimiento de las resoluciones dictadas en los juicios, procedimientos y controversias en los que el Instituto de Pesca y Acuacultura sea parte;
VIII. Formular denuncias o querellas ante el Ministerio Público de los hechos delictuosos en que el Instituto de Pesca y Acuacultura resulte victima u ofendido; otorgar el perdón legal cuando proceda, previa autorización por escrito de la o el titular del Instituto de Pesca y Acuacultura; así como denunciar o querellarse ante el Ministerio Público por hechos que puedan constituir delitos de las y los servidores públicos del Instituto de Pesca y Acuacultura; 
IX. En el caso de los juicios de amparo podrá representar al Instituto de Pesca y Acuacultura, a la o el titular y a cualesquiera de las y los titulares de las Unidades Administrativas, cuando estos sean designados con el carácter de autoridades responsables, ordenadoras o ejecutoras del acto o actos que se reclamen, para lo cual podrá rendir, en su presentación, por la vía de suplencia, ...",,1,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Transparencia,Jefe de Departamento,Unidad de Transparencia,Dirección General,"ARTICULO 24 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO UNIDAD DE TRANSPARENCIA","La Unidad de Transparencia tendrá las atribuciones que le confieran la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, y demás normatividad aplicable.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Igualdad Sustantiva,Jefe de Departamento,Unidad de Igualdad Sustantiva,Dirección General,"ARTICULO 23 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO UNIDAD DE IGUALDAD SUSTANTIVA","I.	Contribuir al cumplimiento de la normativa vigente en materia de igualdad entre mujeres y hombres en todo quehacer institucional; II. Fortalecer la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación y la inclusión en el Instituto; III. Consolidar una cultura laboral y organizacional de igualdad de oportunidades, sin violencia y libre de discriminación al interior del Instituto; PODER EJECUTIVO 20 IV. Planificar, verificar y dar seguimiento a la introducción de la perspectiva y transversalidad de género en la planeación, programación, ejecución y evaluación de programas, proyectos, acciones y políticas públicas al interior del Instituto; V. Organizar y coordinar la capacitación, formación y, en su caso, certificación del personal en materia de género, transversalidad e igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; VI. Asegurar que la prestación de atención y servicios a la población se lleve a cabo con perspectiva de género, sin violencia y sin discriminación; VII. Proponer cambios a la normatividad interna y a las estructuras organizacionales que aseguren la incorporación de la perspectiva y transversalidad de género entre mujeres y hombres; VIII. Difundir información referente al proceso y resultados de la incorporación de la perspectiva y transversalidad de género en la cultura organizacional y en las políticas públicas del Instituto; IX. Diseñar un Programa Anual de Trabajo que contemple una agenda institucional para incorporar la perspectiva de género; X. Participar en los procesos de planeación, programación y presupuesto del Instituto de Pesca y Acuacultura, con el propósito de proponer las medidas que permitan la incorporación de la perspectiva de género; XI. Planear, ejecutar y evaluar acciones enfocadas a disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el Instituto; XII. Coordinarse con la Secretaría de Inclusión para la implementación de acciones, planes y programas que incidan en la calidad de vida de las personas integrantes de los grupos en situación de vulnerabilidad; y XIII. Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como las que le confieran la Gobernadora o el Gobernador y la o el titular del Instituto de Pesca y Acuacultura.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Coordinadora de Archivos,Jefe de Departamento,Unidad Coordinadora de Archivos,Dirección General,"ARTICULO 25 FRACCIÓN I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII y IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DENOMINADO “INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE”. 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO UNIDAD COORDINADORA DE ARCHIVOS","I. Elaborar, con la colaboración de las y los responsables de los archivos de trámite, de concentración, y en su caso histórico, los instrumentos de control archivístico previstos en la Ley General de Archivos, las leyes locales y sus disposiciones reglamentarias, así como la normativa que derive de estos; II. Coordinar las acciones necesarias para garantizar que las y los responsables de archivo de trámite de concentración, y en su caso histórico, cumplan con los ordenamientos jurídicos aplicables; III. Elaborar y someter a consideración de la Directora o Director General, o a quién éste designe, el programa anual; PODER EJECUTIVO 21 IV. Coordinar los procesos de valoración y disposición documental que realicen las áreas operativas; V. Brindar asesoría técnica para la Operación de Archivos a todas las Unidades Administrativas del Instituto; VI. Elaborar programas de capacitación en gestión documental y administración de archivos; VII. Autorizar la transferencia de los archivos cuando un Área o Unidad del Instituto sea sometida a procesos de fusión, extinción o cambio de adscripción; VIII. Resguardar, vigilar, ordenar, conservar y clasificar el Archivo de Concentración del Instituto; y IX. Las que establezcan las demás disposiciones de la Ley General de Archivos, las leyes locales, las disposiciones reglamentarias aplicables y las que le confiera la Junta de Gobierno o la Directora o Director General.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Programas y Presupuestos,Jefe de Departamento,Jefe Departamento de Programas y Presupuestos,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO JEFATURA DE PROGRAMAS Y PRESUPUESTOS","Supervisar el avance de los programas autorizados, encomendados al Departamento; Coordinar y supervisar al personal a su cargo, distribuyendo cargas de trabajo y evaluando su funcionamiento; Acordar con el superior jerárquico la resolución de los asuntos que se generen en la esfera de su competencia; Acordar con el superior jerárquico el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción;Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Mantener coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto y en su caso, con otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales para el mejor despacho de los asuntos de su competencia; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras unidades administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto;
Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Elaborar los informes que les sean encomendados por su superior jerárquico inmediato y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Registro Estatal Pesquero,Subdirector,Subdireccion de Registro Estatal de Pesca Sustentable,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO ESTATAL PESQUERO","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia, e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las unidades administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estén adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Investigación e Innovación,Jefe de Departamento,Jefatura de Departamento de Investigación e Innovación,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN","Supervisar el avance de los programas autorizados, encomendados al Departamento; Coordinar y supervisar al personal a su cargo, distribuyendo cargas de trabajo y evaluando su funcionamiento; Acordar con el superior jerárquico la resolución de los asuntos que se generen en la esfera de su competencia; Acordar con el superior jerárquico el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas y subprogramas del sector y de los proyectos estratégicos y el Programa Operativo Anual; Mantener coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto y en su caso, con otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales para el mejor despacho de los asuntos de su competencia; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras Unidades Administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Elaborar los informes que les sean encomendados por su superior jerárquico inmediato y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Analisis Estadisticos,Jefe de Departamento,Jefatura de Departamento de Analisis Estadisticos,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS ESTADISTICOS","Supervisar el avance de los programas autorizados, encomendados al Departamento; Coordinar y supervisar al personal a su cargo, distribuyendo cargas de trabajo y evaluando su funcionamiento; Acordar con el superior jerárquico la resolución de los asuntos que se generen en la esfera de su competencia;  Acordar con el superior jerárquico el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas y subprogramas del sector, así como los proyectos estratégicos que se deriven; Mantener coordinación con las demás Unidades Administrativas del Instituto y en su caso, con otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales para el mejor despacho de los asuntos de su competencia; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras Unidades Administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Elaborar los informes que les sean encomendados por su superior jerárquico inmediato y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Inspección y Vigilancia,Jefe de Departamento,Jefatura de Departamento de Inspección y Vigilancia,Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuicola,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA","Supervisar el avance de los programas autorizados, encomendados al Departamento; Coordinar y supervisar al personal a su cargo, distribuyendo cargas de trabajo y evaluando su funcionamiento; Acordar con el superior jerárquico la resolución de los asuntos que se generen en la esfera de su competencia;  Acordar con el superior jerárquico el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Mantener coordinación con las demás unidades administrativas del Instituto y en su caso, con otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales para el mejor despacho de los asuntos de su competencia; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras Unidades Administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Elaborar los informes que les sean encomendados por su superior jerárquico inmediato y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Desarrollo Pesquero y Acuicola,Subdirector,Subdireccion de Desarrollo Pesquero y Acuicola,Dirección de Programas,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO PESQUERO","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos.; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia, e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estés adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Participación Comunitaria y Fomento Empresarial,Subdirector,Subdirección de Participación Comunitaria y Fomento Empresarial,Dirección de Programas,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO SUBDIRECCIÓN DE PARTICIPACION COMUNITARIA Y FOMENTO EMPRESARIAL","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia, e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estés adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Comunicación Social,Subdirector,Unidad de Comunicación Social,Dirección de Vinculación y Enlace Institucional,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia, e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estés adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Informatica,Subdirector,Subdirección de Informatica,Dirección de Vinculación y Enlace Institucional,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE SUBDIRECCIÓN DE INFORMATICA","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades estatales, federales y municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estés adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribuciones; Las demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
2026,01/01/2026,31/03/2026,Contable,Subdirector,Subdirección Contable,Dirección de Administración y Archivo,"MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE PESCA Y ACUACULTURA DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN SU APARTADO DE SUBDIRECCIÓN CONTABLE","Acordar con la o el Director el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción; Elaborar y proponer para aprobación de la o el Director General el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de las áreas a su respectivo cargo; Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas que tengan encomendados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, los lineamientos, normas y políticas aprobadas por la o el Director General, en sus respectivos ámbitos de competencia; Establecer los mecanismos de coordinación, programación, información, control, evaluación y mejoramiento de la eficiencia operativa de las áreas administrativas a sus respectivos cargos; Aplicar en lo procedente las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que regulen las áreas a sus respectivos cargos; Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del Instituto; Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del sector así de los subprogramas y proyectos estratégicos que de esos programas deriven y de los correspondientes programas operativos anuales; Participar en los órganos de coordinación interinstitucional que se le encomiende, de acuerdo al ámbito de su competencia e informar a su superior jerárquico inmediato de los resultados obtenidos en los mismos; Proporcionar de acuerdo a las políticas establecidas en las disposiciones legales y reglamentos aplicables, la información, asesoría y cooperación técnica que les requieran otras áreas administrativas del Instituto, así como otras Secretarías, Dependencias y Entidades Estatales, Federales y Municipales; Coadyuvar en la formulación de los Anteproyectos de Manuales de Organización, de Estructuras y de Procedimientos de las áreas a sus respectivos cargos, en colaboración con la Dirección de Administración y de Archivo del Instituto; Solicitar, conforme a sus necesidades, los requerimientos de los bienes muebles y servicios que sean indispensables para el desempeño de las funciones de las áreas a sus respectivos cargos, y remitirlos a la o el Titular de la Dirección de Administración y de Archivo para su autorización e incorporación al programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto; Vigilar que se haga buen uso de los bienes muebles e inmuebles que se destinen a las Unidades Administrativas a sus respectivos cargos; Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos subalternos que les estés adscritos, en acuerdo extraordinario a cualquier servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los Manuales de Organización y de procedimientos; Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus respectivos superiores jerárquicos inmediatos y los que le corresponda emitir a otras Secretarías, Dependencias y Entidades federales, estatales y municipales, en ejercicio de sus atribucionesLas demás que le confieran expresamente las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la o el Director General y la o el superior jerárquico, dentro del ámbito de sus atribuciones.",,0,Dirección de Administración y de Archivo,03/04/2026,
